VISTO:
El Decreto – Ley Nº 6769/1958 – Ley Orgánica de las Municipalidades; y el Expediente Municipal N° 4016-2696-0-2023; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 48/49, obra copia del DECTO-2023-345-E-MUNICAM-INT, de fecha 28 de abril de 2023, mediante el cual se aceptó la donación propuesta por la empresa PETROMINING S.A., a favor de la Municipalidad de Campana, consistente en la pavimentación con asfalto caliente de cuatro (4) cuadras en el Barrio Lubo las que se identifican como calle Río Negro entre Vigna y Modarelli.
Que de fs. 2 a 29 lucen obrantes la propuesta de la empresa y la documentación que acompaña.
Que, a fs. 31 la Dirección General de Obras de Ingeniería manifiesta que no existen objeciones de carácter técnico que formular y detalla las especificaciones técnicas que deberán tenerse en cuenta para la ejecución de los trabajos propuestos.
Que, a fs. 32/38 se adjunta memoria descriptiva y planos.
Que a fs. 40 ha tomado intervención la Jefatura de Gabinete, sin formular objeciones de carácter político alguna.
Que a fs. 42/42 vlta. la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que, a fs. 51 la Dirección General de Obras de Ingeniería informa que la obra fue ejecutada en tiempo y forma, acorde a las especificaciones técnicas oportunamente consignadas.
Que, a fs. 52 el Sr. Secretario de Planeamiento Obras e Ingeniería Urbana remite las actuaciones a la Dirección Legal a los fines de que se proceda a la confección del Proyecto de Ordenanza, el que se agrega a fs. 53/54.
Que de acuerdo a lo nombrado en el artículo 57 de Decreto – Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v) toda donación ofrecida al Municipio debe ser aceptada mediante Ordenanza del Honorable Concejo Deliberante.
Que se torna necesario aceptar la señalada donación a fin de disponer de los bienes donados, mediante actos administrativos firmados “Ad – Referéndum” de su convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°.- Convalídase, en todos sus términos, el DECTO-2023-345-E-MUNICAM-INT, mediante el cual se acepta la donación propuesta por la empresa PETROMINING S.A., CUIT Nº 30-71212642-2, a favor de la Municipalidad de Campana, consistente en la pavimentación con asfalto caliente de cuatro (4) cuadras en el Barrio Lubo las que se identifican como calle Río Negro entre Vigna y Modarelli.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 6 días del mes de diciembre de 2023.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JULIA KARINA SALA
SECRETARIA Vicepresidenta 1°
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7591
Campana, 14 de diciembre de 2023.-
Promulgada por DECTO-2023-1244-E-MUNICAM-INT, del 14 de diciembre de 2023.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dra. Lucia del Carmen Schirripa SEBASTIAN ABELLA
Secretaria Interina Intendente Municipal
de la Secretaria Técnica,
Administrativa y Legal