VISTO:
- El Decreto–Ley Nº 6.769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Convenio Marco de Colaboración suscripto el día 16 de marzo de 2021, entre la Municipalidad de Campana y Autopistas Urbanas S.A.; y el expediente Nº 4016-18.699-0-2021; y
Que a fs. 2/3 luce copia del Convenio Marco de referencia.
Que el objeto del mismo es fijar las pautas generadas a efectos que Autopista Urbanas S.A. (AUSA), brinde a la Municipalidad prestaciones relacionadas con su experiencia, entre otras, para la concreción de obras aplicables para el desarrollo de obras públicas y programas urbanísticos que sean de interés de la Municipalidad, y se lleven adelante en su jurisdicción.
Que asimismo, las prestaciones realizadas por AUSA podrán abarcar cualquiera de las etapas necesarias para el desarrollo de una obra, desde su definición conceptual hasta sus etapas ejecutivas.
Que para el cumplimiento del referido objeto, las partes acuerdan el aporte de sus recursos técnicos para la oportunidad en que las mismas requieran la ejecución de estudios, programas, investigaciones u otros servicios y actividades técnicas u operativas análogas, a cuyo efecto se formalizarán Acuerdos Específicos que contendrán la forma y condiciones que las partes convengan instrumentar a tal efecto.
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto–Ley Nº 6.769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las Leyes provinciales o nacionales.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ARTÍCULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Convenio Marco de Colaboración suscripto el día 16 de marzo de 2021, entre la Municipalidad de Campana y Autopistas Urbanas S.A., cuya copia luce a fs. 2/3 del expediente N° 4016-18.699-0-2021.-
ARTÍCULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir los Convenios Específicos a los que alude la Cláusula Quinta del Convenio Marco mencionado en el párrafo anterior.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 29 días del mes de abril de 2021.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7164
Campana, 10 de mayo de 2021.-
Promulgada por DECTO-2021-286-E-MUNICAM-INT, del 07 de mayo de 2021.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal