VISTO:
El Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ordenanza N° 5367; el Decreto N° 704/2012 del Departamento Ejecutivo; el Expediente Municipal Nº 4016-22207/2010; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 138 el señor JOSE MARÍA GODOY, solicita exención de pago en relación a la Patente de su automotor Dominio CBC577, correspondientes al año 2017.
Que tal pedido lo efectúa debido a la dolencia que padece su hija Godoy Viviana Andrea agregando para constancia fotocopias de: Certificado Verificación Técnica Vehicular, Seguro Automotor, Licencia Nacional de Conducir, Certificado de Discapacidad, Documento Nacional de Identidad.
Que en el expediente en mención obran los antecedentes de distintos actos administrativos mediante los cuales se le otorgo ese beneficio en ejercicios anteriores.
Que a fs. 195 la Dirección General de Administración Tributaria informa que, habiendo presentado la documentación en tiempo y forma, no existen objeciones que formular al respecto, e indica la deuda correspondiente al año 2017.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.– Condónase la deuda correspondiente al año 2017, al Señor José María GODOY, D.N.I. N° 4.735.044, respecto del pago de la patente de su automotor, Sedan marca Renault , Modelo 19 RE A/A, Motor N°AB62807, Chasis N° 8A1L53SEZWS024005 modelo año 1998, Inscripto con el número de dominio CBC577, en virtud de lo dispuesto mediante Decreto N° 0704/2012, norma vigente que rige lo establecido en la Ordenanza N° 5367/2009, con relación al otorgamiento del beneficio de la exención de pago respecto al Impuesto Automotor a aquellos vehículos destinados al uso exclusivo de personas que padezcan discapacidad tal que dificulte su movilidad.-
ARTÍCULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en los períodos mencionados.-
ARTÍCULO 3°.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores.-
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 18 días del mes de diciembre de 2020.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7114
Campana, 28 de diciembre de 2020.-
Promulgada por DECTO-2020-823-E-MUNICAM-INT, del 28 de diciembre de 2020.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal