VISTO:
El Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ordenanza N° 5367; el Decreto N° 704/2012 del Departamento Ejecutivo; y el expediente Nº 4016-2260-0-2018; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2 el Señor Luis Alberto TAMAI, solicita exención de pago en relación a la Patente de su automotor Dominio EIC259, correspondientes al año 2018;
Que tal pedido lo efectúa debido a la dolencia que padece, agregando fotocopias de: Documento Nacional de Identidad, Licencia Nacional de Conducir, Cedula de Identificación del Automotor, Póliza Seguro Automotor, Oblea Móvil Municipal, Certificado de Discapacidad, Certificado Verificación Técnica Vehicular.;
Que a fs. 47 la Dirección General de Administración Tributaria informa que, habiendo presentado la documentación en tiempo y forma, no existen objeciones que formular al respecto, e indica la deuda correspondiente al ejercicio 2018;
Que mediante la RESOL-2020-5-E-MUNICAM-SEYH#JDG obrante a fs. 44/45, se eximió a dicho Contribuyente del pago de la Tasa mencionada respeto del año 2020;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.– Condónase la deuda correspondiente al año 2018 al Señor Luis Alberto TAMAI, D.N.I. N° 11.829.002, respecto del pago de la patente de su automotor, Sedan 4P, marca RENAULT, Modelo MEGANE EXPRESION TRIC 1.6v, Chasis N° 8A1LA002254L479829 modelo año 2004, Inscripto con el número de dominio EIC259, en virtud de lo dispuesto mediante Decreto N° 0704/2012, norma vigente que rige lo establecido en la Ordenanza N° 5367/2009, con relación al otorgamiento del beneficio de la exención de pago respecto al Impuesto Automotor a aquellos vehículos destinados al uso exclusivo de personas que padezcan discapacidad tal que dificulte su movilidad.-
ARTÍCULO 2º.- El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en el período mencionado.-
ARTÍCULO 3°.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores.-
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 18 días del mes de diciembre de 2020.-
Cristina del Mármol MARINA A. CASARETTO
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 7113
Campana, 28 de diciembre de 2020.-
Promulgada por DECTO-2020-824-E-MUNICAM-INT, del 28 de diciembre de 2020.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal