977,1970,1970-08-18,1970-08-18,ARTÍCULO 1º- Reconócese de legítimo abono y autorízase el pago de la suma de $ 41.776,47 CUARENTA Y UN MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS, contraída por la Municipalidad con el Arquitecto Ernesto A. de Estrada, en concepto de honorarios profesionales, por la elaboración del proyecto y dirección de la obra de construcción de ciento veintiséis 126 unidades de vivienda en la ciudad de Campana, conforme con el Plan Federal de la Vivienda, financiado por el Banco Hipotecario Nacional.nnARTÍCULO 2º- Autorízase al Departamento Ejecutivo a contratar los servicios profesionales del Arquitecto Ernesto A. de estrada, para completar la dirección de la obra mencionada en el articulo anterior, mediante el pago de honorarios que no excederán de la suma de $ 28.025,69 VEINTIOCHO MIL VEINTICINCO PESOS CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS y se liquidarán conforme al Decreto Nº 6964, que regula los honorarios de los profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires.nnARTÍCULO 3º- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, se atenderá con imputación a la cuenta especial “Fondo Permanente para la Vivienda – Ordenanza Nº 939/68”.nnARTÍCULO 4º- Cúmplase, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial .-