DIGESTO

Expediente N°968

968,1970,1970-05-10,1970-05-10,ARTICULO 1º: Modifícanse a partir del 1 de julio de 1969 las retribuciones del personal municipal, cuyos sueldos se fijan en los siguientes montos:n…nARTICULO 2º: Modifícase a partir de la fecha mencionada en el articulo anterior, el Clasificador de Gastos año 1969, en las siguientes Partidas, que quedaran redactadas como a continuación se indica : nn1.1.1.3.1. “Personal Jornalizado” : Comprende las designaciones de personal que revista las características del personal obrero y de servicios y maestranza de sueldos individuales, cuando razones de trabajo así aconsejen. Gozaran de una retribución fija de $ 930 m/n por mes. Para el ejercicio 1969 se prevé en 6.000 jornales.nn1.1.1.3.5.1. “Remuneraciones a Magistrados Justicia de paz y Subsecretaría Delegación Cámara de Alquileres” : Se imputarán las siguientes remuneraciones:n…n1.3.3. “Pensiones Sociales acordadas por la Comuna”. En su oportunidad el Concejo Deliberante otorgó pensiones graciables que a la fecha corresponde pagar a dos personas, a $16.400 m/n mensuales cada una. ARTICULO 3º: Para atender las mayores erogaciones dispuestas por los artículos 1 y 2 , amplíanse las siguientes Partidas del Presupuesto de Gastos año 1969: n…nARTICULO 4º: Las ampliaciones dispuestas en el articulo 3º se financiarán con los fondos provenientes de la siguiente Partida del mismo Presupuesto. ARTICULO 5º : Cúmplase, regístrese y publíquese en el Boletín Oficial.-