890,1966,1966-10-25,1966-10-25,ARTÍCULO 1º.- Amplíase hasta el 15 de noviembre de 1966, los plazos de vencimiento establecidos en la Ordenanza Nº 639 de 1960, para el pago de impuestos y contribuciones correspondientes al año actual, con exclusión de las deudas de pavimentación.-n nARTÍCULO 2º.- Cúmplase, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y a sus efectos, vuelva a la Municipalidad recurrente.-