DIGESTO

Expediente N°859

859,1965,1965-12-02,1965-12-06,ARTICULO 1º: Autorízase a partir de la fecha de promulgación de la presente ordenanza, la aplicación de las tarifas a continuación detalladas, a las siguientes Empresas de Transporte Colectivo de Pasajeros…nARTICULO 2º: Conforme a lo establecido en el artículo tercero de la Ordenanza Nº 703/61, cada vehículo deberá tener a la vista del pasaje en una tablilla, las tarifas autorizadas, selladas por la Municipalidad. ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n