836,1965,1965-08-19,1965-08-23,ARTÍCULO 1º: Exímese al BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del pago de los Derechos de Mensura y subdivisión involucrados en el 2° párrafo del artículo 11° de la Ordenanza Impositiva vigente, en relación a la propiedad cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción I – Sección F – Quinta 28a. y 29b., en la que construirá un Barrio de 304 viviendas y una escuela.- nnARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n