DIGESTO

Expediente N°682

682,1961,1961-08-25,1961-08-28,Art. 1º.- Derogase el articulo 1º de la Ordenanza Nº 581/60.-n nArt. 2º.- Derogase la Ordenanza Nº 603/60. Art. 3º.- Derogase el inciso a del articulo 12º de la Ordenanza Nº 564/60 el que será reemplazado por el siguiente : n“Art. 12º : nInciso a El costo inicial de las obras como lo establece el articulo 11º, pudiendo los afectados optar por alguna de las formas siguientes : n1º – Hacer efectivo el pago en 24 cuotas mensuales iguales y consecutivas a partir de los 30 días de construido el pavimento en la cuadra de la propiedad beneficiada .nLas cuotas serán abonadas del 1 al 10 de cada mes. El importe de la cuota en mora devengará el uno 1 por ciento mensual de interés destinado al Fondo Compensatorio del Plan Financiero.- n2º – Hacer efectivo el pago total del costo inicial dentro de los treinta 30 días de construido el pavimento, gozará de una bonificación del veinticinco 25 por ciento.-n3º – Mediante el plazo de pagos en cuotas que se otorgará a los vecinos propietarios afectados por esta obra, de acuerdo a las disposiciones pertinentes, a partir de los treinta 30 días de construido el pavimento en la cuadra de la propiedad beneficiada . Las cuotas serán abonadas del 1 al 10 de cada mes. El importe de las cuotas en mora devengarán el uno 1 por ciento mensual de interés destinado al Fondo Compensatorio del Plan Financiero”. Art. 4º.- Derogase el articulo 13º de la Ordenanza Nº 564/60 el que será reemplazado por el siguiente : n“Art. 13º – La falta de pago por parte de los propietarios , de cuatro 4 mensualidades en cualquiera de las obligaciones contempladas en el art. 1º dará derecho a la Municipalidad a considerar la obligación como de plazo vencido, pudiendo iniciar las acciones correspondientes”. Art. 5º.- Autorizase al D.E. a devolver a los vecinos que hubiesen realizado pagos en mora, los intereses abonados por el lapso comprendido entre la contratación y la realización del pavimento frente a las propiedades beneficiadas .- nnArt. 6º.- La suma necesaria para el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 5º se tomará del “Fondo para la Realización de Obras Públicas por cuenta de vecinos” Ordenanza Nº 561/59, con imputación a la presente Ordenanza .- nnArt. 7º.- Comuníquese al D. E., a sus efectos.-n