Ordenanza: 6638
Año: 2017
Fecha de Sanción: 24-08-2017
Fecha de Promulgación: 08-09-2017
Convenio de cooperación Municipalidad de Campana y Centro Federal de Estudios de Derecho Público CFEDP.
VISTO:
El Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Decreto Nº 0258/2017, del Departamento Ejecutivo y el Expediente Nº 4016 – 38.146/2017; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 13/14 luce copia del Decreto Nº 0258/17, del Departamento Ejecutivo, mediante el cual se dispone la suscripción del Convenio de Cooperación, entre la Municipalidad de Campana y el Centro Federal de Estudios de Derecho Público (CFEDP) – DPI, cuyo modelo luce a fs. 3 del Expediente Nº 4016 – 38.146/2017, el cual tiene por objeto promover y desarrollar actividades de formación, investigación, difusión, capacitación, asistencia técnica y asesoramiento relativas al Derecho Público; y de los Convenios Específicos, los cuales tendrán por objeto la realización de las “Primeras Jornadas de Derecho Administrativo Municipal. Modernización e Innovación Social y Derechos Humanos”, cuyo modelo luce a fs. 4/7 del mencionado expediente y/o Planes de Trabajo que serán elaborados por “DPI” y sometidos a la aprobación de la Dirección General; los cuales determinarán los detalles para la ejecución de las propuestas, recursos necesarios para cumplir con las finalidades expuestas en ellas, así como las responsabilidades específicas que pudieran corresponder a cada una de las partes intervinientes;
Que a fs. 15 luce copia del Convenio Original mencionado en el párrafo anterior, suscripto el día 22 de marzo del corriente año y a fs. 16/19 el Convenio Específico suscripto en los términos de la cláusula Segunda del Convenio de Cooperación, en idéntica fecha;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41º del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las leyes provinciales o nacionales;
Que atento que el Honorable Concejo Deliberante a la fecha de dicho acto administrativo aún no había iniciado su Período de Sesiones Ordinarias, el Departamento Ejecutivo Municipal ha considerado conveniente proceder a su dictado “Ad-Referéndum” de su convalidación por dicho cuerpo; y
Que a fs. 29 la Jefatura de Gabinete y la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos informan que no poseen objeciones que formular, respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 26/28;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A :
ARTICULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Decreto Nº 0258/2017, del Departamento Ejecutivo, mediante el cual se dispone la suscripción del Convenio de Cooperación, entre la Municipalidad de Campana y el Centro Federal de Estudios de Derecho Público (CFEDP) – DPI, cuya copia luce a fs. 15 del Expediente Nº 4016 – 38.146/2017 y de los Convenios Específicos, de los cuales una copia suscripta obra a fs. 16/19 del mismo expediente.-
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 24 días del mes de agosto de 2017.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 8 de septiembre de 2017
Promulgada por Decreto Nº 0831 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6638