Ordenanza: 6700
Año: 2017
Fecha de Sanción: 24-08-2017
Fecha de Promulgación: 04-09-2017
Reconocimiento de Deuda cortinados lorena.
VISTO:
La Ordenanza Nº 6522 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante a los 12 días del mes de octubre de 2016 y promulgada por el Departamento Ejecutivo esa misma fecha; el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios aprobadas por Decreto Provincial Nº 2980/00; el Decreto – Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el Expediente Nº 4016 – 29.499/2016; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la precitada Ordenanza Nº 6522/2016, cuya copia obra a fs. 31/32, se reconoce la deuda contraída durante el ejercicio 2015 con CORTINADOS LORENA S.R.L., respecto de la compra de frazadas y colchones oportunamente efectuadas;
Que a fs. 34 la Contaduría Municipal solicita se rectifique el monto de la deuda reconocida mediante dicha norma, cuya suma asciende a Pesos noventa y tres mil ciento cincuenta ($ 93.150,00), agregando para constancia a fs. 35/37 copias de las facturas correspondientes a la aludida compra, indicando asimismo que dicho monto se desprende de las Solicitudes de Pedido Nº 2312, 2313, y 2314 obrantes a fs. 20/22, los remitos que lucen a fs. 2/4, y lo informado por la Dirección de Compras a fs. 16;
Que por lo precedentemente expuesto, y de acuerdo a la documentación aportada en el mencionado expediente, en la Ordenanza en cuestión se cometió un error involuntario al indicar el monto en concepto de la referida deuda, por tal causa corresponde dictar la presente norma a fin de subsanarlo;
Que a fs. 42 la Secretaría de Economía y Hacienda y la Contaduría Municipal informan que no tienen objeciones de carácter contable que formular; y
Que a fs. 44 la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos dictamina que no poseen objeciones que formular respecto del Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 38/39;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A :
ARTICULO 1º.- Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza Nº 6522/2016, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1º.- Reconócese la deuda contraída durante el ejercicio 2015 con CORTINADOS LORENA S.R.L., respecto de la compra de frazadas y colchones, de acuerdo a la documentación aportada en el expediente Nº 4016 – 29.499/2016, cuyo monto asciende a la suma de PESOS NOVENTA Y TRES MIL CIENTO CINCUENTA ($93.150,00), en virtud de lo dispuesto en los artículo 140º y 141º del Reglamento de Contabilidad y su concordante artículo 54º de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios, aprobadas por Decreto Provincial Nº 2980/00.-”
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 24 días del mes de agosto de 2017.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 4 de septiembre de 2017
Promulgada por Decreto Nº 0809 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6632