Ordenanza: 6400
Año: 2015
Fecha de Sanción: 29-10-2015
Fecha de Promulgación: 19-11-2015
Registro público de vehiculos secuestrados municipales
VISTO:
La cantidad de procedimientos de secuestro de motocicletas y vehículos realizados por la Dirección de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Campana; y
Considerando:
Que por medio de la Dirección de Tránsito y Transporte se realizan procedimientos habituales de control de los rodados que circulan por la vía pública en nuestra ciudad;
Que en numerosas ocasiones se procede a realizar secuestros de dichos vehículos producto de ausencia de la documentación que acredite la titularidad del vehículo, por vencimiento de los plazos de la documentación exigida para circular, por falta de registro de conducir; por falta de casco, entre varias otras razones;
Que respecto de las motocicletas o ciclomotores, una vez secuestrados son almacenados en depósitos municipales a la espera de que el titular abone las multas pertinentes o regularice la documentación exigida por la legislación para circular en la vía pública;
Que en relación a estos secuestros de motos, ciclomotores o motocicletas; en su mayoría éstas quedan depositadas por largo tiempo, en razón de que los conductores y/o sus titulares no pueden acreditar fehacientemente su titularidad;
Que esta situación va en aumento, y requiere tomar medidas para evitar que la cantidad –principalmente de ciclomotores- supere la capacidad de almacenamiento del Municipio;
Que en ese sentido, y en atención a las grandes utilidades que nos brinda hoy la tecnología, podríamos generar desde el Municipio de Campana una herramienta de fácil acceso para los titulares de dichos rodados, donde se detalle los datos de la moto, y la documentación que deberá presentar para poder levantar el secuestro de la misma;
Que asimismo, la publicación de dicha información debería realizarse en la página oficial del Municipio de Campana en un link de fácil acceso, para que todo aquel interesado pueda consultar si su vehiculo está secuestrado; como así también para que las dependencias judiciales puedan consultar en línea si las motos secuestradas fueron denunciadas como robadas en alguna causa judicial;
Que a tal efecto será necesario realizar una base de datos que contenga un registro actualizado de los datos de los rodados secuestrados, donde se actualice toda la información del rodado y de la infracción relacionada con el mismo;
POR ELLO:
“Viviendo el 130º Aniversario”
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Créase el Registro Público de Vehículos Secuestrados Municipal, el cual – – – – – – – – – – – – dependerá de la Dirección de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Campana o la que la reemplace en el futuro; quien actuará como autoridad de aplicación.-
ARTÍCULO 2°.- Dispóngase que el registro creado por el artículo 1º, deberá contener – – – – – – – – – – – – todos los datos necesarios para la identificación del rodado que se detallan a continuación:
- Dominio
- Marca, modelo, color y año.
- Cilindrada o característica particular;
- Nº de chasis y Nº de motor,
- Cualquier otro dato sobre el vehículo que la autoridad de aplicación considere relevante.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente artículo, se aclara que el presente Registro Público de Vehículos Secuestrados Municipal y la autoridad de aplicación deberán cumplir con las limitaciones impuestas por Ley de Protección de Datos Personales Nº 25.326 y sus modificatorias; y reglamentarias.-
ARTÍCULO 3°.- Establécese que la actualización de datos del presente Registro, estará a – – – – – – – – – – – – cargo de la autoridad de aplicación del mismo, quien deberá realizar la carga de los datos pertinentes, como máximo dentro de los tres (3) días hábiles de realizado el depósito de los vehículos secuestrados.-
ARTÍCULO 4°.- Determinase que el presente registro deberá tener un acceso (link) – – – – – – – – – – – – disponible desde la página oficial del Municipio de Campana, identificada como www.campana.gov.ar.-
ARTÍCULO 5°.- Conforme a la Declaración de Emergencia en Seguridad Pública – – – – – – – – – – – – establecido por las Ordenanzas N° 6009, Nº 6153 y Nº 6301, autorízase al Departamento Ejecutivo conforme al artículo 6° de la primera a realizar las adecuaciones presupuestarias que requiera la aplicación de la presente.-
ARTICULO 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 29 días del mes de octubre de 2015.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JUAN JOSE GHIONE
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
AUTOR: CONCEJAL AXEL CANTLON
Campana, 19 de noviembre de 2015
Promulgada por Decreto Nº 2209 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. Pedro Alcides ORQUIGUIL Stella Maris Giroldi
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
y Gestión Pública
REGISTRADA BAJO N° 6400