Ordenanza: 6384
Año: 2015
Fecha de Sanción: 10-09-2015
Fecha de Promulgación: 24-09-2015
Eximición de pago a trabajadores de Tenaris Siderca
VISTO:
El expediente N° 4016-23.390 – 0 – 2015; y
CONSIDERANDO:
Que en él obran los antecedentes del Decreto N° 1572 del 12 de agosto de 2015, del Departamento Ejecutivo y de su modificatorio N° 1620/2015;
Que en dicho acto administrativo se exime por el término de cuatro (4) meses, a contar del 1° de septiembre de 2015, del pago de la Tasa por Barrido y Limpieza y Conservación de la Vía Pública que instituye la Ordenanza Fiscal (Ordenanza N° 2460/89) (t.v.), y que grava la Ordenanza Impositiva (Ordenanza N° 2837/92) (t.v.), a los trabajadores de Tenaris Siderca afectados por la reducción de sus salarios, con motivo de la situación expuesta por el Señor Julio R. PERELSTEIN en el diario “LA AUTÉNTICA DEFENSA”, de esta Ciudad, obrantes en fotocopia a fs. 2/3;
Que así también, en su artículo 2°, se faculta al Departamento Ejecutivo a eximir a dichos contribuyentes del pago de otras Tasas y/o Derechos contenidos en las normas antes citadas, cuando medie solicitud de parte interesada y previa evaluación de los antecedentes del caso por la dependencia municipal pertinente y que en el caso de los Derechos de Construcción se podrán conceder exenciones parciales o totales en el caso de tratarse de única vivienda, menor de setenta metros cuadrados (70 m2.) o de refacciones a introducirse en otras de igual característica;
Que al efecto en su artículo 3°, establecen los requisitos para acceder al goce del beneficio dispuesto en el artículo 2°, que regirá desde la fecha del Decreto hasta el 31 de diciembre de 2015;
Que en el artículo 5° se estipula que las disposiciones contenidas en ese Decreto podrán ser prorrogadas en el ejercicio 2016, por el término que se estime oportuno, sin exceder el 31 de diciembre de ese año;
Que teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 40 del Decreto–Ley N° 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), que determina que se podrá establecer un régimen de exenciones parciales o totales de tributos municipales, de carácter general con vigencia por el ejercicio correspondiente al de la fecha en que se dicte la medida, y lo normado en el Capítulo II – Del Departamento Deliberativo I – Competencia, Atribuciones y Deberes, de la mencionada Ley Provincial, y la urgencia en atenuar en parte la situación que atraviesan numerosos vecinos de este Distrito, el Decreto N° 1572/2015, fue firmado “Ad-Referendum” de su convalidación por ese Honorable Cuerpo;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°.- Convalídase en todas sus partes el Decreto N° 1572, de fecha 12 de – – – – – – – – – – – – agosto de 2015, del Departamento Ejecutivo, por el que se exime por el término de cuatro (4) meses, a contar del 1° de septiembre de 2015, del pago de la Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública que instituye la Ordenanza Fiscal (Ordenanza N° 2460/89) (t.v.), y que grava la Ordenanza Impositiva (Ordenanza N° 2837/92) (t.v.), a los trabajadores de Tenaris Siderca afectados por la reducción de sus salarios, con motivo de la situación expuesta por el Señor Julio R. PERELSTEIN en el diario “LA AUTÉNTICA DEFENSA”, de esta Ciudad, obrantes en fotocopia a fs. 2/3 del expediente N° 4016- 23.390/15; se faculta al Departamento Ejecutivo a eximirlos del pago de otras Tasas y/o Derechos contenidas en esas normas, en las condiciones y con los requisitos que se determinan; y, entre otras, se estipula que las disposiciones de ese Decreto podrán ser prorrogadas en el ejercicio 2016, por el término que se estime oportuno, sin exceder el 31 de diciembre de ese año; y su modificatorio Decreto N° 1620/2015.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 10 días del mes de septiembre de 2015.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JUAN JOSE GHIONE
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 24 de septiembre de 2015
Promulgada por Decreto Nº 1870 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. Pedro Alcides ORQUIGUIL Stella Maris Giroldi
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
y Gestión Pública
REGISTRADA BAJO N° 6384