Ordenanza: 6212
Año: 2014
Fecha de Sanción: 14-08-2014
Fecha de Promulgación: 29-08-2014
Prorroga de predio “Defensores de la Esperanza”
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase por el término de dieciocho 18 meses el plazo previsto en la Ordenanza N° 5357 para finalizar la obra en el predio con nomenclatura catastral: Circunscripción II; Sección E; Manzana 14a; Parcela 20, por parte del Club Social y Deportivo “Defensores La Esperanza”, contado a partir de su vencimiento, el cual opera el día 24 de agosto de 2014.
ARTÍCULO 2°.- El incumplimiento por parte del Club mencionado del plazo conferido en el artículo 1°, así como la disolución de la entidad dará lugar a la caducidad automática de la cesión efectuada mediante Ordenanza N° 5357, sin derecho a reclamo alguno de su parte, retomando el Municipio el inmueble en el estado en que se encuentre y con todo lo en él edificado y adherido al suelo.-
ARTÍCULO 3°.- Mantiénese la vigencia de los artículos 1°, 4° y 5° de la Ordenanza N° 5357.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-