DIGESTO

Expediente N°579

579,1960,1960-06-10,1960-06-13,Art. 1º.- Concédese desde el mes de mayo inclusive del corriente año, una “BONIFICACION ESPECIAL” a todo el personal municipal que se desempeñe en la Comuna a la promulgación de la presente Ordenanza, de QUINIENTOS PESOS MONEDA NACIONAL $ 500 m/n mensuales, con excepción del Señor Intendente Municipal.-n nArt. 2º.- El personal efectivo que no compute un mes de trabajo, percibirá este beneficio en forma proporcional a los días trabajados. Art. 3º.- Elévase a CIENTO TREINTA PESOS MONEDA NACIONAL $130 m/n diarios, la suma establecida para el Personal Jornalizado. Art. 4º .- Las asignaciones del Item 4, Partida 1 Juez de paz y 6 Fiscalizador de Servicios Públicos, auméntase en $ 500 .- mensuales y las de la Partida 2 Defensor de Incapaces de la Justicia de Paz; 3 Agente Fiscal de Paz; 4 Subdelegado Cámara de Alquileres y 6 Juez de Paz Suplente en $ 250.- mensuales.- nnArt. 5º .- Aumentase en $ 250 Doscientos cincuenta pesos moneda nacional mensuales, a contar del mes de mayo, los sueldos de los dos auxiliares 2º Rastreador de Caminos, los que no percibirán la bonificación a que se refiere el artículo 1º .- nnArt. 6º .- Para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5º de la presente ordenanza, amplíase la Partida Inciso 1, Item 5 “Coparticipación Vial – Aporte Provincial, Decreto – Ley 17.861/57” del Capítulo Especiales Apartado 2, en la suma de CUATRO MIL PESOS MONEDA NACIONAL $ 4.000 m/n , tomándose los recursos necesarios del Apartado 1, del mismo inciso e Item del Presupuesto General de Gastos vigente.- nnArt. 7º .- Déjase determinado que en esta Bonificación Especial no se encuentra comprendido “Sueldo Anual Complementario”. Art. 8º .- Los fondos necesarios para financiar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, que asciende a la suma de OCHOCIENTOS SETENTA MIL PESOS MONEDA NACIONAL $ 870.000 m/n del SUPERÁVIT del Ejercicio 1959, con imputación a la presente Ordenanza.- nnnArt. 9º .- Comuníquese al D. E. a sus efectos.n