493,1958,0958-11-21,1958-11-22,ARTÍCULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a tomar todas las previsiones necesarias para asegurar la continuidad del servicio, incluyendo la intervención del servicio público de suministro de energía eléctrica que presta la COMPANIA DE ELECTRICIDAD DEL SUD ARGENTINA S.A. ejecutando directamente el mismo por cuenta y riesgo de la citada empresa, disponiendo de los medios de explotación bajo prolijo inventario, designando INTERVENTOR o COMISION INTERVENTORA con las más amplias facultades de orden técnico, administrativo y contable, abriéndose al efecto una cuenta especial.nnARTÍCULO 2º: Comuníquese al D. E. para su conocimiento y demás efectos.n