393,1954,1954-10-29,1954-11-02,ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a invertir hasta la suma de OCHENTA MIL PESOS m/n $ 80.000 m/n para la adquisición de terrenos con destino al Balneario Municipal. ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo, queda autorizado a efectuar dicha compra, en el lugar que considere más conveniente. ARTICULO 3º: La suma de OCHENTA MIL PESOS m/n a que hace referencia el artículo 1º se tomará del Superávit del Ejercicio año 1953, con imputación a la presente Ordenanza. ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n