359,1954,1954-06-11,1954-06-15,ARTICULO 1º: Facúltase al Departamento Ejecutivo para aceptar la donación, que efectúa en beneficio del Municipio, la Sra. María Luisa Margarita Costa Brancht, de una fracción de terreno, con destino a la ampliación del Cementerio, ubicada en este pueblo, designada en el plano que cita su título, como lote B, de la manzana veintiséis , compuesto de 50 ms. De frente al Sud, igual medida en su otro frente al Norte, con 164 mts. 77 cms. En el costado Oeste y 165 mts. 27 cms. En su otro costado al Este, formando una superficie de 8.251 ms. Cuadrados 15 dms. Y linda al Sud con camino San Nicolás – Campana, al Norte con la calle Santiago del Estero, al Oeste con fracción A de su manzana y al Este calle sin nombre en medio con el cementerio. ARTICULO 2º: Asimismo se lo faculta para que acepte dicha donación con el cargo de destinar para la familia de la donante una fracción de lote donado, a que se refiere el artículo 1º de la presente Ordenanza, que se encuentra ubicada en el extremo Nord-Oste del mismo, y que a partir del costado oeste del referido lote tiene 37 ms. De frente al Norte, por igual medida en su fondo al Su, por 45 ms. 27 cms. En sus costados Este y Oeste , y linda por su frente al Norte con la calle Santiago del Estero por su costado Este y fondo al Sud con más terreno donado y por su costado Oeste con parte de la Fracción A de su manzana, o ea una superficie calculada de 1675 ms. Cuadrados 9 dms.. Esta reserva se hace a los fines que la familia de la donante construya en ella un panteón y jardín de acuerdo a lo expresado por la misma en su presentación ante la Municipalidad según expediente Nº 2499, letra B. año 1953. ARTICULO 3º: Derógase la Ordenanza Nº 335 de fecha 30 de octubre de 1953 y toda disposición que se oponga a la presente. ARTICULO 4º. Comuníquese al D.E. a sus efectos.-n