331,1953,1953-10-23,1953-10-26,ART. 1°.- Autorizase la renovación de concesión a “BELGRANO PUBLICIDAD”, para explotar la red telefónica de publicidad oral, por el termino de cinco años, a partir del 16 de noviembre de 1953, fecha de vencimiento de la misma, conforme lo establece el artículo 1° de la Ordenanza N° 61 de 1948, y sujeto a las disposiciones de la misma. ART. 2°.- Comuníquese al D.E a sus efectos.- n