DIGESTO

Expediente N°2815

2815,1992,1992-10-22,1992-10-28,ARTICULO 1º.- Exímese a la SECCIONAL CAMPANA DE LA UNION OBRERA METALURGICA, del pago de la deuda que por los conceptos que en cada caso se especifican afecta a los inmuebles en que se encuentra afectan a los inmuebles en que se encuentran emplazados el Sanatorio Augusto Vandor y la sede de esa entidad gremial, sitos en calle Belgrano N° 76 y Dr. L. De Dominicis N° 783, de esta Ciudad, respectivamente, los que se individualizan a continuación:nn-Circunscripción I, Sección A, Manzana 14, Parcela 19a: Contribuyente N° 1.10299.000.2, Partida 2.01042.000.8; Tasas por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Publica impagas Ordenanza N° 2364/88; 10ma a 12ma cuotas año 1988; y 1ra a 12ma cuotas años 1989, 1990,1991; y Tasas por Servicios Sanitarios cuotas impagas Ordenanza N° 2364/88; 5ta y 6ta cuotas año 1988; y 1ra a 6ta cuotas años 1989,1990 y 1991. -Circunscripción I, Sección A, Manzana 43, Parcela 8d: Contribuyente N° 1.10913.000.7, Partida 2.07542.000.8; Tasas por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Publica impagas Ordenanza N° 2364/88; 10ma a 12ma cuotas año 1988; y 1ra a 12ma cuotas años 1989, 1990,1991; y Tasas por Servicios Sanitarios cuotas impagas Ordenanza N° 2364/88; 5ta y 6ta cuotas año 1988; y 1ra a 6ta cuotas años 1989,1990 y 1991. ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n