2776,1992,1992-06-04,1992-06-11,ARTICULO 1º.- Modificanse los artículos 27° y 34° de la Ordenanza N| 2767/92 Complementaria del Presupuesto General de Gastos para el año 1992, los que quedan redactados de la siguiente manera:nn“ARTICULO 27°.- Becas por Estudios: Instituyense becas para alumnos de escasos recursos económicos radicados en el Partido, que realicen estudios de nivel secundario, terciario no universitario y universitario, en las siguientes cantidades, las que serán otorgadas por el Departamento Ejecutivo en la forma en que lo establezca la reglamentación que el mismo dicte para tal fin. Dichas Becas serán abonadas mensualmente en el periodo comprendido entre los meses de marzo a noviembre inclusive, fijándose cada una de ellas en los porcentajes que a continuación se indican, del sueldo básico que se determine para la Clase IV del Agrupamiento Personal Administrativo con 35 horas de labor, de esta comuna:nn“300 Becas para alumnos que realicen estudios a nivel secundario____________10%.nn50 Becas para alumnos que realicen estudios de nivel terciario no universitario y universitario ______________________________________ 20%.nn“ARTICULO 34°.- Pensiones Sociales: Instituyense cuatrocientas 400 Pensiones Sociales para personas de escasos recursos económicos, radicadas en este Partido, las que serán otorgadas por el Departamento Ejecutivo en la forma que la reglamentación que el mismo dicte para tal fin lo establezca, previa verificación de la situación social de cada una de ellas, mediante la realización de la respectiva encuesta socio económica que al efecto practiquen los organismos técnicos competentes de la Secretaria de Acción Social. Dichas Pensiones Sociales se fijan en el treinta por ciento 30% del sueldo básico que se determina para la Clase IV del Agrupamiento Personal Administrativo con 35 horas de labor, de esta Comuna y se abonaran en forma mensual. ARTICULO 2º.- Sustituyese la denominación “Bonificación Especial para el Personal Contratado para la Comisión Técnica y el Consorcio Taller de Barrio”, asignada al Apartado 1.1.1.3.5.16., en el Nomenclador de la Clasificación de las Erogaciones que como ANEXO VII forma parte de la Ordenanza N° 2766/92, Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos para el año 1992, por la de : “Bonificación Especial para Función Médicos de Guardia”.nnARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-