DIGESTO

Expediente N°2758

2758,1992,1991-12-27,1992-01-06,ARTICULO 1º.- Incorporase al inciso h del artículo 23° de la Ordenanza General N° 207, el siguiente texto:nn“También gozaran de una retribución especial, el agente de Planta Permanente, que haya prestado como mínimo VEINTICINCO 25 años de servicios al momento de considerarse su jubilación, siendo en este caso la retribución equivalente a un monto proporcional a los años de servicios prestados, tomando como base imponible los SEIS 6 meses de sueldo para el personal que cumple TREINTA 30 años”. ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n