2736,1991,1991-11-28,1991-12-04,ARTÍCULO 1º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a hacer uso de la opción de prórroga prevista en la cláusula Segunda del Contrato celebrado en virtud de la facultad conferida en el artículo 2° de la Ordenanza N° 2468/89 con la firma MARNE Y CIA. S.R.L., el 2 de enero de 1990, obrante a fs. 624/628 del expediente N° 4016 – 7226/88 Cuerpo IV, a los fines de la prestación de los servicios de recolección de montones y residuos domiciliarios y barrido en la Ciudad de Campana, por el término de UN 1 año, a partir del 1° de enero de 1992. ARTÍCULO 2º.- Los fondos necesarios para afrontar las obligaciones emergentes del Convenio que se suscriba de acuerdo a lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Partida que al efecto se prevea en el Presupuesto General de Gastos del año 1992. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-