DIGESTO

Expediente N°2692

2692,1991,1991-06-20,1991-06-25,ARTICULO 1º: Convalídase en todas sus partes el Contrato de Locación celebrado el 25 de abril de 1991, entre el Señor Néstor Bruno LESSI D.N.I. 7.656.237, por una parte, y la Municipalidad del Partido de Campana, representada por el Señor Intendente Municipal D. Calixto Bartolomé DELLEPIANE, por la otra parte, a los efectos de lo dispuesto en el artículo 1º de la Ordenanza Nº 2034/86 y de acuerdo a lo previsto en el artículo 156º, inciso 7º del Decreto – Ley 6.769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades t.v. cuya fotocopia obra a fs. 63/65 del expediente Nº 4016-18.869/86, en el que se acuerda el arrendamiento del local comercial sito en Avda. Gral Mitre Nº 1030, de esta Ciudad, en las condiciones expresamente establecidas, por el término de treinta y seis 36 meses, desde el 1º de mayo de 1991 y hasta el 30 de abril de 1994, con opción a veinticuatro 24 meses de prórroga, para ser destinado a albergar la Biblioteca Pública Municipal “Dr. Octavio R. Amadeo”, del Centro de Extensión Universitaria “Dr. Dalmacio Velez Sarfield” y como Salón de Exposición de Arte. ARTICULO 2º: Ratifícase en todas sus partes el Decreto Nº 464 el 20 de mayo de 1991 del Departamento Ejecutivo por el que se dispuso que por la Contaduría Municipal se libren mensualmente los pagos que correspondan a los fines del cumplimiento de las obligaciones emergentes del Contrato de Locación que se ratifica en el artículo anterior, hasta el 31 de diciembre de 1991. ARTICULO 3º: El Departamento Ejecutivo preverá en los Presupuestos Generales de Gastos correspondientes a los ejercicios durante los cuales rija el Contrato de Locación a que se alude en los artículos anteriores, la Partida a la que se afectarán las erogaciones que demande el cumplimiento de las obligaciones contenidas en el mismo. ARTICULO 4º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a hacer uso de la opción de prórroga prevista en la Cláusula Segunda del Contrato de Locación de Servicios que en fotocopia obra a fs. 63/65 del expediente Nº 4016-18.869/86, mientras permanezca vigente la autorización conferida en el artículo 1º de la Ordenanza Nº 2034/86. ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n