2675,1991,1991-06-06,1991-06-13,ARTICULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Convenio celebrado a los 2 días del mes de enero de 1991, entre la Municipalidad del Partido de Campana, representada por el Señor Intendente Municipal, D. Calixto Bartolomé DELLEPIANE, y el Sindicato de Trabajadores Municipales de Campana, representado por su Secretario General D. Julio Ernesto ALTIMARI, cuya copia carbónica obra fs. 4 del expediente n° 4016-20.342/91, por el que la Comuna por expreso pedido del Sindicato se compromete a retener, por la dependencia de Personal, de las Remuneraciones a liquidar a los agentes municipales firmantes de los documentos pagare que el Sindicato acompañe en fechas próximas a cada liquidación, las sumas indicadas en los mismos, las que en ningún caso podrán exceder del equivalente al veinte por ciento 20% de la remuneración mensual neta a percibir por cada uno de ellos, hasta el 31 de diciembre del año 1991, en las condiciones consignadas en el mismo.. ARTICULO 2º.- Facultase al Departamento Ejecutivo a suscribir anualmente con el Sindicato de Trabajadores Municipales de Campana Convenios de similares características al que se ratifica en el artículo anterior y a idénticos efectos. ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-