2535,1990,1990-07-05,1990-07-11,nARTICULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Convenio entre la Municipalidad del Partido de Campana, representada por el Señor Intendente Municipal, D. Calixto Bartolomé DELLEPIANE, y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, representado por su titular, el Señor Ministro D. Jorge Alberto TRIACA, a los dieciséis días del mes de mayo de 1990, obrante a fs. 39/39 vlta., del expediente N° 4016-10.456/89, el que conlleva el propósito de colaborar con el funcionamiento de esa Delegación Regional y por el que esta Comuna se compromete a suministrar a la misma un Profesional Médico de la Unidad Hospitalaria “San José”, idóneo en Medicina Laboral, que se afectar oportunamente y cuyos servicios deberán ser solicitados por esa repartición con la debida antelación para no resentir el normal desarrollo de las actividades de la Unidad Hospitalaria, a los efectos de que intervenga en el reconocimiento médico en todos los casos de accidentes de trabajo, enfermedades, accidentes y/o enfermedades inculpables; y a designar en la Planta Temporarios de Personal, como Personal Contratado, hasta el numero de diez 10 personas, conforme lo peticionado por la Delegación Regional Campana mediante nota del 8 de mayo de 1989, registrada como expediente N° 4016-10.456/89, en cada ejercicio y durante el periodo de vigencia del Convenio, siempre que sus disponibilidades presupuestarias lo permitan, para desempeñar tareas técnicas y administrativas de esa Delegación, las que serán propuestas por ese organismo y actuarán subordinadas a su personal estable, por el termino de dos 2 años a contar del 16 de mayo de 1990, pudiendo ser renovado en idénticas condiciones por voluntad de las partes, en el caso en que persista la situación que le diera origen. ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-