DIGESTO

Expediente N°2454

2454,1989,1989-11-01,1989-11-02,ARTICULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Decreto N° 824 del 28 de agosto de 1989, por el que se autorizo a la Contaduría Municipal a desdoblar, a pedido de los interesados, en dos 2 subcuotas mensuales y consecutivas, equivalentes cada una de ellas al cincuenta por ciento 50% del monto estipulado para cada cuota en los planes de pago convenidos con los propietarios de los inmuebles beneficiados con las obras de construcción de redes de distribución de gas natural y de sus obras complementarias, declaradas de utilidad publica y de pago obligatorio en la Ordenanza N° 2000/85 tv, que optaron por la moralidad individualizada como “Plan 4” en el artículo 11° de esa norma legal. ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n