2435,1989,1989-09-07,1989-09-18,ARTICULO 1º: Convalídanse en todas sus partes los Decretos Nº 814 y 815, ambos del 23 de agosto de 1989, del Departamento Ejecutivo, por los que se otorgó una mejora salarial al Personal Municipal, sustituyéndose el texto del artículo 27º del Escalafón para el Personal de la Municipalidad de Campana aprobado por Ordenanza Nº 1337/78 y sus modificatorias, se determinaron los sueldos mínimos para los agentes comunales, y los importes correspondientes a distintos beneficios municipales, todo ello a partir del 1º de agosto de 1989, respectivamente y el Decreto Nº 126 del 25 de agosto de 1989, del Presidente del Honorable Concejo Deliberante, por el que hizo extensiva la medida dispuesta por el Departamento Ejecutivo por Decreto Nº 814/89, desde igual fecha al Personal de Planta Permanente con estabilidad y al Personal de Planta Temporaria de ese Cuerpo, disponiendo además la remuneración correspondiente al cargo de Secretario del mismo. ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.-n