2404,1989,1989-07-05,1989-07-11,ARTICULO 1º: Convalídase en todas sus partes el Decreto Nro. 1078 del 14 de diciembre de 1988 del Departamento Ejecutivo, pro el que se establecieron nuevos recorridos para el servicio publico de transporte colectivo de pasajeros en jurisdicción del partido de Campana, a cargo de la firma NICOLAS D AMBROSIO, OSMAR PEDRO RIAL, HECTOR RUBEN TRAMANONI y JOSE MARIA GAREA, SOCIEDAD DE HECHO, Titular de la Línea 502 en virtud de las disposiciones de la Ordenanza Nro. 2255/88 a partir del 1 º de enero de 1989, y se derogaron en todas sus partes en Punto I – RECORRIDOS , del articulo 1º de la ordenanza 2317/88, los artículos 2º, 5º y 6º de esa norma legal, el decreto Nto. 875 del 4 de octubre de 1988 y su convalidatoria la Ordenanza Nro. 2348/88. ARTICULO 2º: Sustituyese en el Decreto Nro. 1078/88 del Departamento Ejecutivo, convalidado en el articulo 1º de esta Ordenanza, el trayecto establecido para la ida, en el RECORRIDO 2C”, del RAMAL 3 BARRIOS LUBO – LA JOSEFA, por el siguiente: n “Dr. L. N. Alem entre Avda. Ing. A. Rocca y San Martín Estación Campana Ferrocarril Mitre, Dr. L. N. Alem, Rawson, Int. J. Dellepiane, San Martín, 9 de Julio, Gral. Belgrano, Avda. B. Mitre, Alte. Brown, J. M. Estrada, Arenales, L. P. Jacob Hospital Municipal San José, Alberti, A. Coletta, Saavedra, A. del Pino, Necochea, R. Rojas, M. Gandhi, C. Namuncurá hasta Tierra del fuego”. ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n,1991-03-26;