2359,1988,1988-11-10,1988-11-14,ARTICULO 1º.- Sustitúyese el texto del primer párrafo del artículo 13° de la Ordenanzas General N° 207 texto vigente, por el siguiente:n“Personal sin estabilidad es aquel que se desempeña en los cargos de Asesor Legal, Director General, Subcontador, Director, Subtesorero, Subdirector y Secretario privado, y aquel cuya remuneración se fije por planilla anexa de presupuesto.-n nARTICULO 2º.- Sustitúyese el texto del inciso a del artículo 82° de la Ordenanzas General N° 207 texto vigente, por el siguiente:n“a SECRETARIO; SUBSECRETARIO, CONTADOR MUNICIPAL, TESORERO MUNICIPAL; ASESOR LEGAL; DIRECTOR GENERAL; SUBCONTADOR; DIRECTOR; Y SUBTESORERO: Apercibimiento, y suspensión de hasta diez 10 días”. ARTICULO 3º.- Las disposiciones de esta Ordenanza entrarán en vigencia a partir del 1° de enero de 1989. ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-