2330,1988,1988-10-06,1988-10-11,ARTICULO 1º: Acéptase la donación del inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección G, Manzana 73 b, Parcela 35, originado mediante plano de subdivisión aprobado por la dirección de geodesia bajo la característica 14-26-82, ubicado en la calle Urquiza, entre las calles Matheu y Necochea, jurisdicción del Partido de Campana, cuyas medidas y linderos son: 18 m. de frente al Norte sobre calle Urquiza, 60 m. en su costado Este lindando con la parcela 4 y fondos de las Parcelas 6 y 7, 10 m. en su contrafrente al Sur lindando con fondos de las parcelas 9 y 10, y 60 m. en su costado al Oeste lindando con la parcela 2 y fondos de las Parcelas 12 y 13, con una superficie de UN MIL OCHENTA METROS CUADRADOS 1.080 m2., efectuada por Señores Sergio, Nilda Sofía, Irene Esther y Elsa Leontina URTIAGA, en ofrecimiento obrante a fs. 1 del expediente nro. 4016-5727/88. ARTICULO 2º: El inmueble que se acepta en donación en el artículo anterior, será destinado a la construcción de un edificio para funcionamiento de un jardín de infantes en el barrio Del Pino, jurisdicción del partido de Campana. ARTICULO 3º: Una vez inscripto a nombre de la municipalidad del partido de Campana el dominio del bien cuya donación se acepta en el articulo 1º y finalizada la obra de construcción a que se alude en el articulo 2º, se procederá a la transferencia del mismo con todo lo en el edificado, a titulo gratuito, en cara ter de donación, a la Dirección General e Escuelas y cultura de la Provincia de Buenos Aires para el cumplimiento del fin mencionado en el articulo precedente. ARTICULO 4º: Facúltase al Departamento Ejecutivo para realizar todas las tramitaciones que sean necesarias a los fines del cumplimiento de las disposiciones de esta Ordenanza. ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-