DIGESTO

Expediente N°2323

2323,1988,1988-09-15,1988-09-19,ARTICULO 1º: Convalídase la cesión y transferencia a título de donación a favor de la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, del inmueble designado catastralmente como Circunscripción III, Sección Rural, Parcela 255 A, con una superficie de 40 héctareas, 34 áreas, 20 centíareas; Partida 14.545, ubicado en lugar próximo al Camino 014-02 “Rio Luján – Los Cardales”, jurisdicción del Partido de Campana, cuyas características surgen del plano de mensura 14-18-87, para ser destinado exclusivamente a la instalación y funcinamiento de un Complejo Polideportivo, en las condiciones expresamente establecidas en el Convenio por la que fuera instrumentada “Ad-refendum” del Honorable Concejo Deliberante y de lo que resuelvan los Cuerpos Orgánicos de la Unión Obrera metalúrgica de la República Argentina, celebrado a los 15 días del mes de marzo de 1988 entre la Municipalidad del Partido de Campana y la mencionada entidad gremial, representada respectivamente por el Señor Intendente Municipal D. Calixto Bartolomé DELLEPIANE y el Señor Secretario General de la Seccional Campana de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina D. Isidoro Tomás MEDINA, que en copia carbónica obra a fs. 18 del expediente Nº 4016-26.860/87, el que se homologa en esta Ordenanza y cuya fotocopia como Anexo I forma parte integrante de la misma. ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-