DIGESTO

Expediente N°2288

2288,1988,1988-07-14,1988-07-18,ARTICULO 1º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a disponer de la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS MIL AUSTRALES A 1.400.000.- de la renta ordinaria, para ser destinada a la devolución a los adherentes de las obras de pavimentación implementadas por la Ordenanza N° 1947/85 y que no resultaran beneficiados con las mismas, de las sumas abonadas en tal concepto.-. ARTICULO 2º.- La devolución a que alude el artículo anterior se efectuara por los importes abonados actualizados con el índice de precios de la construcción Nivel General suministrado por el Instituto Nacional de Estadística y Censo al momento del pago efectivo. ARTICULO 3º.- Los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1° se tomaran de al Partida 2.6.2.3. “Reintegro Aporte Obras de Pavimentación a Vecinos Frentistas”, del Item I, Finalidad I, Capitulo II – Departamento Ejecutivo, del Presupuesto General de Gastos para el año 1988. ARTICULO 4º.- A medida que se produzcan los ingresos de los vecinos frentistas que recibieron la obra de pavimentación estos serán destinados a la renta general ordinaria. ARTICULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n