DIGESTO

Expediente N°2270

2270,1988,1988-05-19,1988-05-23,ARTICULO 1º.- Convalidase en todas sus partes el Decreto N° 394 del 26 de abril de 1988, del Departamento Ejecutivo, por el que se otorgo, establece con retroactividad al 1° de marzo de 1988, una “Bonificación Especial no Remunerativa”, con carácter mensual, consistente en la suma de DOSCIENTOS AUSTRAES A 200.-, para el Personal de Planta Permanente y para los agentes de la Planta Temporaria cumplan como mínimo 35 horas semanales de labor, se creo la pertinente Partida Presupuestaria para afrontar la erogación, y se fijaron, a partir del 1° de mayo de 1988 los porcentajes de sus respectivos sueldos básicos vigentes al 1 de octubre de1987 que corresponden al personal municipal que la tiene asignada, en concepto de “Bonificación Especial no Remunerativa”, acordada mediante Decreto N° 214/88 y N° 259/88, y modificada por el artículo 9° del Decreto N° 292/88, todos ellos del Departamento Ejecutivo. ARTICULO 2º.- Convalidase en todas sus partes el Decreto N° 91 con fecha 27 de abril de 1988 del Honorable Concejo Deliberante, por el que se hizo extensiva al personal de Personal Permanente y Secretario del mismo, la “Bonificación Especial no Remunerativa”, que con carácter mensual y consistente en del cuarenta por ciento 40%, que el Departamento Ejecutivo otorgo sobre los sueldos básicos del personal municipal mediante Decreto N° 214 del 10 de marzo de 1988. ARTICULO 3º.- A los efectos de afrontar la erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto N° 88/ 88 del Departamento Deliberativo, crease en el Presupuesto General de Gastos para el año 1988, dentro del Capitulo I – Departamento Deliberativo, la Partida 1.1.1.3.5.17. la “Bonificación Especial no Remunerativa” – Decreto N° 88/88 del – Departamento Deliberativo” con una suma de CUATRO MIL AUSTRALES A 4.000.-. ARTICULO 4º.- Los fondos necesarios para dar cumplimiento a los dispuesto en el artículo 3°, se tomaran de las siguientes Partida y Capítulos del Presupuesto General de Gastos para el año 1988, por los importes que en cada caso se indican:n- Partida 1.4.1. “Crédito Adicional”, del Capitulo I – Departamento Deliberativo: UN MIL OCHOCIENTOS NUEVE AUSTRALES CON SETENTA Y DOS CENTAVOS A 1.809,92.-. – Partida 1.4.1. “Crédito Adicional”, del Capitulo II – Departamento Deliberativo: CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA AUSTRALES CON VEINTEIOCHO CENTAVOS A 5.470,28.-. ARTICULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n