2252,1988,1988-02-25,1988-02-29,ARTICULO 1º .- Sustituyese el texto del articulo 63 de la Ordenanza Nro. 2116/86, por el siguiente: nn“ARTICULO 63 º : Los derechos, atribuciones, oblgiaciones y prohibiciones del personal escalafonado, seran los establecidos para el personal de la Aadministracion Publica Municipal para las Ordenanza y reglamentaciones vigentes, en tanto no se haya pevisto un tratamientoe special en esta Ordenanza”. ARTICULO 2 º .- Comuniquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n