2185,1987,1987-10-08,1987-10-09,ARTICULO 1º.- Otorgase a la firma METALMA S.R.L en quiebra, un plan de pago en doce 12 cuotas mensuales respecto de la deuda que mantiene con esta Municipalidad en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, cuyo monto definitivo resultara de la liquidación a aprobarse judicialmente. ARTICULO 2°.- Disponese que la primera cuota del plan de pago referido en el artículo precedente será efectuada a los trece 13 meses de homologado judicialmente el avenimiento en la quiebra por el Juzgado interveniente, debiendo la interesada presentar ante la Municipalidad testimonio del mismo, dentro de los treinta 30 días de producido este. ARTICULO 3°.- Lo dispuesto en la presente Ordenanza queda condicionado a la circunstancia de que el Juzgado interviniente en la quiebra homologue el avenimiento indicado, sin lo cual el beneficio otorgado caducara automáticamente. ARTICULO 4°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n