DIGESTO

Expediente N°2182

2182,1987,1987-10-08,1987-10-09,ARTICULO 1º: Convalídase en todas sus partes el Decreto Nº 588 del 31 de julio de 1987 del Departamento Ejecutivo, por el que se dispuso que a los Profesionales que prestan servicios en la Unidad Hospitalaria San José, de la Dirección Salud Pública, Secretaría de Salud y Acción Social, que como consecuencia de su reubicación en los cargos de la Carrera Profesional Hospitaria implementada por Ordenanza Nº 2116/86 y sus modificatoria la Ordenanza Nº 2161/87, tuvieran asignados haberes inferiores a los que percibían antes de dicha reubicación les será liquidado en concepto de “Diferencia por Escalafón” el importe en menos correspondiente, siendo dicha diferencia absorbida por futuros incrementos salariales. ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n