2176,1987,1987-09-24,1987-09-28,ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar un Convenio con la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires, para el cobro en esa Entidad de los importes de las facturas emitidas por la Municipalidad, correspondientes a: Tasa por Alumbrado Público de terrenos baldíos únicamente; Tasa por Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública; Contribución Voluntaria para Fondo de Construcción de Edificios Escolares Nivel Secundario Nacionales y Provinciales; Tasa por Servicios Sanitarios; y Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, del año 1987, según proyecto cuya copia carbónica obra a fs. 44 del expediente N° 4016 – 3471/83 Alcance I.- nnARTICULO 2°.- Convalídase lo actuado por el Departamento Ejecutivo a los efectos de la implementación del cobro de las Tasas y Contribución Voluntaria mencionadas en el artículo 1° de esta Ordenanza, por parte de la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires, antes de la entrada en vigencia del Convenio cuya celebración se autoriza en el mismo. nARTICULO 3°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-