DIGESTO

Expediente N°2164

2164,1987,1987-07-23,1987-07-28,ARTICULO 1º: Convalídase en todas sus partes el Contrato de Locación celebrado a los 22 días del mes de Junio de 1987, entre la Municipalidad del Partido de Campana, representada por el Señor Intendente Municipal D. Calixto Bartolomé DELLEPIANE, por una parte, y GUEMES S.A.I.C.I.A. Y SERVICIOS Y/O MANDATOS, representada por su Presidente D. Carlos Leonardo COVELLO D.N.I. 4.736.891 con domicilio en Avda. Mitre Nº 1320, de esta Ciudad, según personería acreditada en expediente Nº 4016-25267/87 alcance I, por la otra parte, obrante a fs. 51 de esas actuaciones, y por el que el sr. COVELLO, en nombre y representación de la Firma Social mencionada cede en locación a esta Comuna para uso de las Reparticiones del Poder Judicial de la Provincia de buenos Aires y para vivienda de las personas que sean designadas para su cuidado, el inmueble de propiedad de la misma, ubicado en Boulevard Sarmiento esquina 9 de julio de Campana, en las condiciones expresamente consignadas en el mismo, hasta el 1º de enero de 1988, fecha en la que la Municipalidad cesará la condición de locataria y asumirá tal carácter el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, Contrato que ha sido aceptado por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires mediante Resolución del 2 de Junio de 1987, registrada bajo Nº 1105, que en fotocopia obra a fs. 50 de esas actuaciones, y que también ha sido suscripto por el Señor Subsecretario de Administración Dr. Juan Pablo FREDES, en representación de ese Honorable Cuerpo, en virtud de la autorización conferida por ese acto administrativo. ARTICULO 2º: Convalídase en todas sus partes el Decreto Nº 481 del 25 de Junio de 1987, del Departamento Ejecutivo, por el que se dispuso que por la Contaduría Municipal se libre el pago a favor de la Firma GUEMES S.A.I.C.I.A. Y SERVICIOS Y/O MANDADOS, por la suma de NOVECIENTOS AUSTRALES A 900.- correspondiente al primer mes de arrendamiento del inmueble sito en Boulevard Sarmiento esquina 9 de Julio, de esta Ciudad, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 2º del Contrato de Locación que se convalida en el artículo anterior. ARTICULO 3º: Los fondos necesarios para dar cumplimiento a las obligaciones emergentes de lo estipulado en el artículo 1º del Contrato de Locación que se convalida por esta Ordenanza, se tomarán de la Partida 1.1.2.1. “Alquileres y Arrendamientos”, de la Finalidad I, Item I, del Presupuesto General de Gastos vigente. ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.-n