2141,1987,1987-06-18,1987-06-19,ARTICULO 1º: Derógase en todos sus términos la Ordenanza Nº 1926/85. ARTICULO 2º: Cédese sin cargo a la Provincia de Buenos Aires el dominio del bien identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección H, Chacra 7, Manzana 7 t, Parcela 2, próximo a la intersección de la Avda. Cnel. J. A. Del Valle Larrabure y calle M. Ghandi, jurisdicción del Partido de Campana, el que fuera cedido por plano 14-58-81 como reserva fiscal, y según el artículo 2º del Decreto Ley 9.533/80 constituye un bien de dominio municipal. ARTICULO 3º: El inmueble que se cede por el artículo anterior será destinado por la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos Aires para la construcción de un establecimiento de Educación Especial. ARTICULO 4º: La posesión del inmueble será entregada a la Provincia de Buenos Aires al momento de la notificación de la presente Ordenanza. ARTICULO 5º: El Departamento Ejecutivo procederá a notificar la presente Ordenanza a la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos Aires y a la Subdirección de Inmuebles del Estado, a la que también se elevarán las actuaciones del rubro a los efectos de que la misma haga constar en la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad la norma legal que materialice la cesión, quedando autorizado el Departamento Ejecutivo para efectuar cualquier gestión conducente a tal fin. ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.-