213,1951,1951-07-03,1951-07-11,Art. 1º.- Concédase por una sola vez en carácter de subsidio la cantidad de UN MIL PESOS M/N $ 1.000.00 a la Confederación General del Trabajo C.G.T. Regional San Martín Prov. de Bs. Aires. Art. 2º.- Afectase para tal fin a la partida Inc. 5 Item 2 de material rodante del presupuesto vigente.-n nArt. 3º.- Comuníquese al D. E. a sus efectos.nn