DIGESTO

Expediente N°2100

2100,1986,1986-10-16,1989-10-23,ARTÍCULO 1º.- Modifícase el artículo 2° de la Ordenanza N° 1959/85, el que quedará redactado de la siguiente forma:n“ARTICULO 2°: Establécese sentido único de circulación de Este a Oeste en la calle Leandro N. Alem en el tramo comprendido entre las calles Colon y San Martín, y doble sentido de circulación en la misma arteria en el tramo comprendido entre las calles San Martín y Berutti.-”nnARTÍCULO 2°.- La presente Ordenanza entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación. ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n