DIGESTO

Expediente N°2081

2081,1986,1986-10-02,1986-10-06,ARTÍCULO 1º.- Convalidase en todos sus términos el Convenio celebrado a los 27 días del mes de enero de 1986 “Ad- referéndum” de su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante, entre la Municipalidad de Campana y el Banco de la Ribera Cooperativo Limitado, con domicilios legales en Avda. Rivadavia Nº 371, Campana, Partido del mismo nombre y calle Urquiza Nº 27 de la ciudad de San Nicolás de los Arroyos, Partido de San Nicolás, jurisdicción de la Provincia de Buenos aires, representados por el Señor intendente Municipal D. Calixto Bartolomé DELLEPIANE y los Señores Jorge Simón SCHNITZER y Arnaldo Victor PERALTA, RESPECTIVAMENTE, POR EL CUAL EL Banco, por intermedio de su Sucursal Campana, sita en San Martín Nº 98 de esta Ciudad , se hace cargo de al cobranza en sus ventanillas, de los importes de las facturas emitidas por la Municipalidad, correspondiente a la Tasa por Servicios Públicos que comprende : Alumbrado Público – de terrenos baldíos únicamente – ; Barrido, limpieza, Conservación de la Vía Pública, ornato de calles, Plazas y Paseos, etc.; y Servicios Sanitarios y a la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, en las condiciones expresamente establecidas en el mismo, percibiendo por al realización del servicio, una tarifa uniforme del uno por ciento 1% sobre el total de los fondos recaudados, siendo el importe resultante deducido de las sumas a depositar en las Cuentas Corrientes Fiscales citadas en la Cláusula Tercera, hasta la finalización del último período anual consignado en la agenda de iniciación y vencimiento de cada período que la Municipalidad suministrará al Banco, y cuya copia carbónica corre agregada a fs. 41/42 del expediente Nº 4016-23493/81 Alcance I. ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n