DIGESTO

Expediente N°2053

2053,1986,1986-08-07,1986-08-11,ARTICULO 1º.- Autorizase la adecuación del sistema de reembolso establecido para el empréstito autorizado a contratar con el Banco de la Provincia de Buenos Aires por la suma de TREINTA Y NUEVE MIL AUSTRALES A 39.000.-, de acuerdo a las disposiciones contenidas en el artículo 1° de la Ordenanza N° 1978/85, a las condiciones actuales de reembolso establecidas por esa Entidad Bancaria. ARTICULO 2º.- En virtud de lo dispuesto por el artículo anterior el empréstito autorizado a contratar con el Banco de la Provincia de Buenos Aires por Ordenanza N° 1978/85, será cancelable en SEIS 6 años, mediante amortizaciones semestrales crecientes y porcentuales del capital original, según se detalla, difiriéndose el pago de la primera cuota al vencimiento del primer año y abonándose los intereses respectivos 24% anual en forma semestral:nnCuota N°1-12 meses 4 %t Cuota N°7-48 meses 10 %nCuota N°2-18 meses 5 %t Cuota N°8-54 meses 11 %nCuota N°3-24 meses 6 %t Cuota N°9-60 meses 12 %nCuota N°4-30 meses 7 %t Cuota N°10-66 meses 13 %nCuota N°5-36 meses 8 %t Cuota N°11-72 meses 15 %nCuota N°6-42 meses 9 %nttttnARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-n