DIGESTO

Expediente N°178

178,1950,1950-10-19,1950-10-21,ART. 1°.- Concédese una pensión graciable de CIEN PESOS MONEDA NACIONAL $100 m/n.- mensuales, al Ordenanza Don LUIS BARBIERI, a contar desde el 1° del corriente mes, y hasta tanto se acoja a los beneficios de la Jubilación. ART. 2°.- Dicha suma se tomara de la Partida Incido 4, Item 4, Partida 1, “Becas, Retribuciones y Pensiones” del Presupuesto de Gastos Vigente. ART. 3°.- Comuníquese al D.E. a sus efectos.-n