1044,1973,1973-10-18,1973-10-23,ARTICULO 1º: Autorízase a la firma A.B.C. Publicidad S.R.L. a transferir al Señor Angel ALTIERI, la concesión que por Decreto Nº 1510/71, le fue adjudicada por el término de 3 tres años. ARTICULO 2º: El nuevo concesionario está obligado a cumplir con todo lo establecido en el articulado del Decreto 1510/71. ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectosn