Ordenanza N°

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201,1951,1960-04-24,1960-04-28,Art. 1º.- Autorízase al D.E. a invertir la suma de $ 76.300 m/n, para la ejecución de reparación de pavimentos de hormigón armado, según Expediente Nº 1124 Letra D, año 1950, a pagar en el plazo de seis años.-n nArt. 2º.- Dicha suma será distribuida en los Presupuestos de gastos de los años 1952 a 1957 de acuerdo a los cálculos que a tal efecto realice el D.E. por intermedio de la Oficina de Contaduría, teniendo en cuenta lo ya abonado por el regimen de la Ley 5139. Art. 3º.- Autorizase al D.E. para efectuar la reserva de $ 7.630 m/n., importe del 10 % del monto de la obra en concepto de ampliación de los Items nuevos e imprevistos como lo prevé el Art. 15º de la Ley General de Obras Públicas. Art. 4º.- Con la cantidad que menciona el Art. 3º se procederá en la forma que determina el Art. 2º. Art. 5º.- Comuníquese a la Dirección de Pavimentos de la Provincia de Buenos Aires. Art. 6º.- Comuníquese al D. E. a sus efectos.n