Ordenanza N°

181

181,1950,1950-10-24,1950-10-26,ART. 1°.- Autorizase a la Comisión Pro – Monumento a la Madre, creada en la Unión Petrolera Argentina Filial Campana, a erigir un Monumento a la Madre en el Boulevard Sarmiento frente a la plaza Dr. Eduardo Costa, entre el Registro Civil y la Iglesia Parroquial. ART. 2°.- Acuérdase a la Comisión mencionada en el Art. 1°, la suma de CINCO MIL PESOS MONEDA NACIONAL $ 5.000 m/m.- destinada a la erección de dicho momento, con cargo de rendición de cuentas. ART. 3°.- Dicha suma será tomada de la Partida Inciso 5, Item 2 “Material Rodante” del Presupuesto de Gastos vigente, con imputación a la presente Ordenanza. ART. 4°.- Comuníquese al D.E. a sus efectos.-n