Ordenanza N°

138

138,1950,1950-02-04,1950-02-08,Art. 1º.- Concédese al señor Antonio Garrido, un mes de sueldo de indemnización, por la imposibilidad – dado el carácter de sus servicios – en que se encuentra la Comuna de otorgarlo la licencia anual reglamentaria, correspondiente al año 1949.-n nArt. 2º.- Abónese al señor Esteban Munteanu, la suma de UN MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS CON 35/100 MONEDA NACIONAL $ 1.374,35, por comisiones, años 1947 y 1948. Art. 3º.- Las sumas necesarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza, se tomarán del superávit de 1949.-n nArt. 4º.- Comuníquese al D. E. a sus efectos.n